En los últimos 20 años, en España han perecido unas 30 personas por ataques de perros, en su gran mayoría niños.
En el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, que desarrolla la Ley 50/1999, de animales potencialmente peligrosos, es en donde encontramos descritos en detalle los requisitos para poseer perros potencialmente peligrosos, las razas que se consideran incluidas en dicho concepto y las medidas de seguridad exigibles a los propietarios.
¿Qué razas se consideran como perros potencialmente peligrosos?
El Real Decreto describe una serie de razas cuya tenencia, ya se trate de razas puras o de cruces, exige disponer de una licencia de perros peligrosos. Estas razas son las siguientes: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu o Akita Inu.
Por otro lado, se considerarán también como perros peligrosos, aquellos que reúnan las características descritas en el Anexo II del Real Decreto, como por ejemplo:
- Fuerte musculatura
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
- Marcado carácter y gran valor.
Asimismo, se exceptúan de lo anterior, aquellos perros guía o de asistencia debidamente adiestrados –o en proceso de instrucción- en centros oficialmente reconocidos.
Y, con independencia de lo dispuesto en el Anexo II, se considerarán también como perros peligrosos aquellos que presenten un carácter marcadamente agresivo, o que hayan sido protagonistas de ataques a otras personas o animales. Esta peligrosidad será declarada por la autoridad competente, previo informe de un veterinario.
Requisitos para obtener la licencia de perros peligrosos
Podrán obtener la licencia de perros peligrosos todas aquellas personas que reúnan las características siguientes:
- Ser mayor de edad.
- No haber sido condenados por determinados delitos ni haber sido privados del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos por resolución judicial.
- Tampoco deben haber sido condenados por infracciones graves relacionadas con la tenencia y manejo de animales peligrosos.
- Deben tener una capacidad física suficiente para un adecuado manejo del animal y una aptitud psicológica para la tenencia de los mismos, sin que concurra ninguna causa que limite su discernimiento.
- Disponer de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura de, al menos, 120.000 €.
Tanto el certificado de capacidad física como el de aptitud psicológica se podrán obtener en los centros médicos debidamente acreditados, los mismos en los que se hacen las pruebas psicotécnicas para el manejo de vehículos.
La licencia para animales peligrosos tiene una duración de cinco años, susceptible de ser renovada en periodos de idéntica duración.